Contaminación sonora: 36 negocios notificados por la Secretaría de Ambiente

Las acciones de medición y controles aleatorios de ruido en el Distrito Metropolitano de Quito se realizan de manera permanente, en horarios de 22h00 a 02h00 por el Municipio de Quito, a través de la Secretaría de Ambiente, y de manera conjunta con la Secretaría de Seguridad y Gobernabilidad, Agencia Metropolitana de Control, Policía Nacional, Quito Turismo y la Administración Zonal La Mariscal.

El resultado de estos controles cumplidos, durante el mes de junio, 36 establecimientos fueron notificados por la Secretaría de Ambiente para que inicien su proceso de regularización ambiental e implementen lo establecido en el instructivo de aislamiento acústico. Estos negocios tienen 15 días para presentar lo requerido.

El control público toma alrededor de dos horas por establecimiento. Los datos se procesan en el laboratorio de la misma institución metropolitana y el respectivo informe se entrega directamente al local comercial. En caso de estar fuera de la norma, el propietario del negocio tiene un plazo de 60 días para tomar los correctivos necesarios y cumplir con lo establecido en la norma técnica. De no cumplir con el plazo otorgado se envía el incumplimiento a la Agencia Metropolitana de Control (AMC).

Las multas por incumplimiento de la norma de ruido van de dos a ocho salarios básicos unificados del trabajador en general. Las denuncias sobre establecimientos ruidosos se reciben directamente en la Secretaría Metropolitana de Ambiente y también se las pueden realizar en línea, ingresando a la página web: http://www.quitoambiente.gob.ec/ambiente/

El Municipio de Quito atiende a las denuncias ciudadanas y realiza el respectivo seguimiento de los casos, a través, de visitas técnicas a los establecimientos denunciados en varios sectores del Distrito.

Los controles se han realizado en La Mariscal, conocida también como Plaza Foch y sus alrededores. Es un caso de éxito en el control de ruido en la ciudad, gracias a la socialización realizada del instructivo y la gestión institucional directa que favorecen para una mejor tarea y convertir a la zona en un espacio con niveles regulados de ruido.

La contaminación sonora en el Distrito Metropolitano de Quito (DMQ) se registra en ruido de parlantes fuera de establecimientos comerciales como tiendas, farmacias, negocios, restaurantes, etc. Otra fuente de ruido es el generado por el tráfico vehicular.

En marzo de 2018, la Secretaría de Ambiente del Municipio de Quito publicó el “Instructivo de aislamiento acústico” aplicable a zonas en las cuales se encuentran varios establecimientos contiguos como, por ejemplo, en los sectores de La Mariscal, Portugal, Calderón, Quitumbe. Este instructivo permite evaluar el nivel de aislamiento que requiere un establecimiento para cumplir con la normativa.

El marco normativo para controlar el ruido en el DMQ se ampara en las Ordenanzas Metropolitanas 213 – De la Contaminación acústica, Art. II. 371.-que refiere que: “…Aquellos establecimientos que mantengan equipos o aparatos que superen los límites permitidos, la AMC procederá al retiro inmediato de los dispositivos sonoros.

Ordenanza Metropolitana 119 – Licencia Metropolitana Urbanística para publicidad – Art. 8. Medios de expresión no autorizados. Se prohíbe con carácter general: La publicidad fija y móvil a través de dispositivos sonoros tales como campanas, parlantes, altavoces, silbatos, sirenas y otros similares.

Mientras que, la Ordenanza Metropolitana 138 referente a la Norma Técnica para control de la contaminación por ruido, establece las competencias y gestión de cada una de las instituciones metropolitanas (Secretaría de Ambiente, Agencia Metropolitana de Tránsito y Policía Metropolitana) encargadas del cumplimiento de la respectiva norma técnica y control del ruido en la ciudad.

 

 

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