Convocatoria para la postulación al Consejo Consultivo de Mujeres Rurales de Quito

De conformidad con el artículo 22 de la Ordenanza Municipal 102, que regula el Sistema Metropolitano de Participación Ciudadana y Control Social, numeral 1 que señala como uno de los mecanismos de participación ciudadana a los Consejos Consultivos.

Con fundamento en el artículo 16 de la Ordenanza Metropolitana 102, que señala que entre los órganos encargados de implementar los mecanismos de participación ciudadana y control social se encuentran las Secretarías.

Basados en el artículo 21 de la Ordenanza Metropolitana 102, que indica que uno de los objetivos del Sistema Metropolitano de Participación Ciudadana y Control Social es el de promover las diversas modalidades de participación de la ciudadanía en el ciclo de la política pública, en la planificación para el desarrollo de la ciudad y el ordenamiento territorial y en los asuntos de interés público.

En base a los artículos 61 y 62 de la Ordenanza Metropolitana 102, sobre los consejos consultivos que señalan que son instancias de apoyo, consulta y asesoramiento a la administración municipal en la formulación de la política pública temática o intersectorial de acuerdo a los ejes del Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial; que se constituyen en las Secretarías del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y estarán conformados por ciudadanos o ciudadanas, así como por organizaciones civiles, sociales y sin fines de lucro u otras formas de organización colectiva, de acuerdo a una temática en concreto y con experticia en el área a tratar.

Que la Resolución de la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana que conforma el Consejo Consultivo de Mujeres Rurales, expedida el día 03 de diciembre de 2018, en el artículo 28 señala: que las propuestas que se generen en el Consejo Consultivo de Mujeres Rurales serán en torno a tres ejes temáticos: productivo, económico y liderazgo; y, el artículo 41 indica que se crea un Comité Provisional del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales quien será el encargado de la revisión y selección de perfiles de las personas que integrarán el Consejo Consultivo y de velar por la conformación del mismo.

A efecto de concluir su integración, la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana:

CONVOCA

A la ciudadanía en general, titulares de derechos, organizaciones sociales a postular al cargo de Consejeras y/o Consejeros para integrar el Consejo Consultivo de Mujeres Rurales del Distrito Metropolitano de Quito, quienes fungirán como miembros del Consejo Consultivo y cuyos cargos serán honoríficos.

La convocatoria se realiza bajo las siguientes bases:

 

Primera. Número de integrantes del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales

Estará constituido por 10 miembros principales y su respectivo suplente, que se integra de la siguiente manera:

  1. a) 6 Mujeres rurales (Titulares de derechos).
  2. b) 4 Organizaciones de la sociedad civil, que trabajen para la promoción y desarrollo de los derechos de las mujeres.

Una vez posesionados los y/o las Consejeras, éstas/os elegirán de entre ellas/os, en la primera sesión y mediante votación por mayoría simple, al presidente y vicepresidente del Comité Ejecutivo del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales  y  establecerán las responsabilidades de cada consejero o consejera.

 

 

Segunda. Requisitos

Generales

  1. El postulante o delegado deberá ser mayor de 18 años
  2. Presentar una carta de motivación. Escrito libre dirigido a la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana manifestando su interés por formar parte del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales, en la cual se indicará el nombre del aspirante, domicilio para recibir notificaciones y, en caso de considerarlo pertinente, autorizar a personas que puedan recibirlas en su nombre y representación; de igual manera señalar teléfono y correo electrónico de contacto en el cual se le pueda hacer notificaciones.
  3. Llenar el formulario adjunto a la convocatoria que contiene la Ficha de inscripción y el formato para presentar la Propuesta de Plan de Trabajo para el Consejo Consultivo de Mujeres Rurales

Y adjuntar los siguientes documentos:

 

Particulares

    Para Titulares de Derechos:

-Declaración de fe, mediante la cual certifique: a. No haber sido sentenciado por delitos contra la integridad física y/o sexual, b. No mantener vínculos contractuales con cualquier dependencia del GAD del DMQ hasta un año antes de la fecha de convocatoria; y c. Vínculo o residencia en el sector rural del Distrito Metropolitano de Quito, mínimo de tres años,

– Presentar uno de los siguientes documentos, que acrediten el vínculo o pertenecía al sector rural del Distrito Metropolitano de Quito:

            Domicilio electoral

            Planilla de servicios básicos

            Copia de contrato de arrendamiento o documento de predio

Certificado de residencia otorgado por un cabildo comunal, directiva barrial o GAD parroquial, que indique el tiempo de residencia.

    Para organizaciones de la sociedad civil:

– Copia del acta constitutiva o documento que acredite la razón social o personalidad jurídica de la organización social.

– Documentos que certifiquen la experiencia en los últimos cinco años vinculado al trabajo con mujeres en el Distrito Metropolitano de Quito, en actividades propias del sector que solicita representar (temas económicos, productivos y/o de liderazgo).

– Acreditar domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, mediante planilla de servicios básicos.

– Declaración jurada de no mantener vínculos contractuales con cualquier dependencia del GAD del DMQ  hasta un año antes de la fecha de convocatoria.

– Carta de Delegación a una persona natural, que actuará en nombre de la organización, y su respectivo suplente, en la cual constará nombres completos y número de cédula del delegado o delegada.

Tercera. Recepción de documentación

La entrega de documentación deberá efectuarse en un sobre sellado, en el domicilio de la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana ubicaba en las calles García Moreno N6-01 y Mejía, de la ciudad de Quito, en horario de 08:00 a 16h00 de lunes a viernes; con la siguiente leyenda, según sea el caso:

«Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, postulante a consejera como Titular de Derechos del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales del DMQ, (mas el nombre de la Administración Zonal)»

Ó

«Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, postulante a consejera/o del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales del DMQ, organización de la sociedad civil (mas el nombre de la organización)»

Cuarta. Plazos y vigencia.

La presente Convocatoria entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el portal Quito Informa del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y permanecerá vigente durante treinta (30) días, de acuerdo con el siguiente cronograma:

ACTIVIDAD FECHA
Publicación de Convocatoria 25 DE ENERO DE 2019
Recepción de postulaciones 28 DE ENERO DE 2019 HASTA 25 DE FEBRERO DE 2019
Revisión de requisitos y calificación de propuestas 26 -27 DE FEBRERO DE 2019
Publicación de resultados 28 DE  FEBRERO DE 2019
Recepción de reconsideraciones e impugnaciones 01 Y 04 DE MARZO DE 2019
Revisión y recalificación 05 – 06 DE MARZO DE 2019
Difusión de resultados final. 07 DE MARZO DE 2019
Acreditación y posesión de consejeras/os del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales del DMQ 14 DE MARZO DE 2019

 

 

Quinta. Criterios de selección

Una vez concluido el plazo de recepción de documentos de los/as postulantes, el Comité Provisional realizará la calificación que consistirá en verificar el cumplimiento de los requisitos, y la respectiva evaluación.

Dentro de los dos días posteriores al cierre de la convocatoria, el Comité Provisional sesionará en Pleno y realizará la apertura y calificación de las postulaciones. De encontrarse errores en los documentos, u omisiones, el postulante será notificado y tendrá dos días hábiles para rectificar.

Las postulantes – titulares de derechos y organizaciones sociales-  mejor puntuadas serán quienes ocupen el cargo de consejeras.

El Comité Provisional del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para publicar los resultados finales de los integrantes electos del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales.

Sexta. Notificación de la designación

Las notificaciones de las designaciones a los aspirantes seleccionados se efectuarán en la dirección de correo electrónico señalado para tal efecto; independientemente de que la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana realice las gestiones necesarias para publicar el acuerdo de designación en el portal de internet del Municipio.

Séptima. Publicación

Publíquese la presente convocatoria en el portal QUITO INFORMA del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, redes sociales municipales y dos medios de comunicación locales.

La Documentación referente a este proceso como: Resolución de conformación, Reglamento de elecciones, Convocatoria y cronograma, y ficha de inscripción estarán disponibles en la página web de Gobierno Abierto del Municipio de Quito http://gobiernoabierto.quito.gob.ec/?page_id=992

Octava. Casos no previstos e impugnaciones

Los casos no previstos y las impugnaciones serán resueltos por el Pleno del Comité Provisional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de  Elecciones del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales. Las reconsideraciones e impugnaciones se comunicaran al correo electrónico direcciondeparroquiasrurales@gmail.com.

 

Novena. Declarativa de privacidad

Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el registro de datos de participantes para formar parte del Consejo Consultivo de Mujeres Rurales, el cual tiene su fundamento en el artículo 64,  de la Ordenanza Municipal 102 del Sistema de Participación Ciudadana y Control Social del Distrito Metropolitano de Quito, cuya finalidad es la de documentar el proceso de la convocatoria y verificar el cumplimiento de requisitos señalados; el uso de los datos personales es exclusivamente para la identificación de los participantes, registro, contacto y entrega del fallo correspondiente.

Los datos solicitados en el apartado de requisitos de la presente convocatoria son obligatorios. La omisión de uno de ellos o la inexactitud en los datos impedirá completar el trámite para participación. Asimismo, se informa que los datos son resguardados y no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la ley.

Los responsables del registro de datos personales de esta convocatoria son la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, y el Comité Provisional que están  facultados para responder las preguntas que le sean planteadas por el titular de los datos personales. La dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso y rectificación es en las calles García Moreno N6-01 y Mejía.

Una vez conformado el Consejo Consultivo de Mujeres Rurales, será la secretaría Ad-Hoc del Consejo Consultivo la responsable del resguardo y registro de la Información.

En la ciudad de Quito a los veinticinco días del mes de enero de 2019.

Dr. Pablo Falconí Castillo

SECRETARIO GENERAL DE COORDINACIÓN

TERRITORIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *