Municipio retira vallas de publicidad colocadas sin permiso en el DMQ

El Municipio de Quito a través de la Agencia Metropolitana de Control, AMC, realiza operativos en todo el Distrito para verificar el cumplimiento de la normativa y, en caso de que la publicidad no cumpla con los requisitos legales, se procede al retiro de todo elemento publicitario e impone de fuertes multas.

La Ordenanza Metropolitana No. 119, sancionada el 26 de mayo de 2016, establece el Régimen Administrativo de las Licencias Metropolitanas en el Distrito Metropolitano de Quito. Entre las cuales, se encuentra la “Licencia Metropolitana Urbanística de Publicidad Exterior”, o mejor conocida por sus siglas LMU 41.

Todas las empresas o marcas que coloquen publicidad exterior, de cualquier tipo, en el espacio público deben contar con el respectivo permiso. A su vez, la Ordenanza establece como espacio público a todo lugar donde la publicidad exterior sea visible, independientemente de que estas se encuentren en un espacio público o privado.

El artículo 5 de la Ordenanza No.119 indica que “los administrados que hayan colocado publicidad exterior sin autorización del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, o sin ajustarse a las normas administrativas y reglas técnicas previstas en esta ordenanza y su anexo único, serán sancionados con una multa equivalente al 60% (sesenta por ciento) del salario básico unificado por metro cuadrado o fracción, así como el desmontaje o retiro de la publicidad exterior con reposición de las cosas al estado anterior del cometimiento de la infracción”.

Para solicitar la Licencia Metropolitana Urbanística de la Publicidad Exterior Fija-LMU (41) los solicitantes tendrán que cumplir con los siguiente requisitos: Formulario normalizado (incluye declaración juramentada), copia de Cédula de Ciudadanía o Pasaporte del propietario del predio solicitante, copia del Permiso de Publicidad anterior si es la renovación de la LMU 41, croquis de ubicación del elemento publicitario (poner las coordenadas si son vallas, letreros electrónicos, murales, tótems pantallas y LEDS), 2 fotografías del elemento publicitario en el que se aprecie su ubicación con respecto a la edificación, plano de la estructura de la sustentación y detalles en formato A4.

Además deben obtener una póliza de seguros, contrato de arrendamiento o autorización del propietario, en caso de Propiedad Horizontal adjuntar autorización de conformidad a lo que estipula la ley, en derechos y acciones presentar autorización del 100% de los propietarios, para centros comerciales: Plan Masa (implantación fachadas), cuadro de áreas de elementos publicitarios y su ubicación con respecto a la edificación (en físico y digital).

El aprender a convivir de manera pacífica y ordenada, es responsabilidad de todas las personas que habitamos en Quito, por tal razón quien aplique este giro de negocio, tiene la corresponsabilidad de operar en función de mantener el ornato de nuestra ciudad de la mejor manera.

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