El 1 de julio Quito ya tendrá a sus nuevos Administradores Zonales

EL PROCESO PÚBLICO PARA DESIGNACIÓN DE LOS NUEVOS

ADMINISTRADORES ZONALES DE QUITO INICIÓ

La ciudadanía está convocada en participar en el primer proceso público para la designación de las máximas autoridades de las Administraciones Zonales del Distrito Metropolitano de Quito, con base en la resolución A 003 emitida por el Alcalde Jorge Yunda Machado, el pasado 17 de Mayo del 2019. En esta se dispone a la Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, con el apoyo de la Administración General del Municipio de Quito y la Secretaría General de Planificación, iniciar el proceso de selección por méritos de las máximas autoridades de las Administraciones Zonales, distribuidas de la siguiente forma:

  • Administración Zonal Calderón
  • Administración Zonal La Delicia
  • Administración Zonal Eugenio Espejo
  • Administración Zonal La Mariscal
  • Administración Zonal Manuela Sáenz
  • Administración Zonal Eloy Alfaro
  • Administración Zonal Quitumbe
  • Administración Zonal Los Chillos
  • Administración Zonal Tumbaco

Los/as postulantes a Administradores Zonales, deben tener nacionalidad ecuatoriana, tener título de tercer y cuarto nivel registrado legalmente por el SENESCYT; y presentar la información requerida vía electrónica, de manera íntegra, legible y en PDF, en la página web www.quito.qob.ec, con los siguientes documentos:

  1. Cédula de ciudadanía (anverso y reverso);
  2. Papeleta de votación actualizada;
  3. Hoja de vida actualizada en formato socio empleo (disponible en plataforma de Ministerio de Trabajo), sin incluir la fotografía del postulante;
  4. Título de tercer nivel legalmente reconocido en el país y debidamente registrado en la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT);
  5. Título de cuarto nivel legalmente reconocido en el país y debidamente registrado en la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT);
  6. Certificado vigente de no tener impedimento de ejercer cargo público, emitido por el organismo competente;
  7. Declaración juramentada, otorgada ante notario público, en la cual deberá declarar lo siguiente:
  8. a) Que los datos que consigna y los documentos que carga son verdaderos, que no ha ocultado o manipulado ninguna información y que autoriza a la Alcaldía Metropolitana a comprobar la veracidad de la información.
  9. b) Que no tenga impedimentos legales ni antecedentes penales.
  10. c) Que no se encuentra incurso en las incompatibilidades, inhabilidades y prohibiciones para el ingreso al servicio pú
  11. d) Que no posee bienes o capitales de cualquier naturaleza en paraísos fiscales;
  12. e) Que cumple con todos los requisitos exigidos para ser Administrador Zonal;
  13. g) No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con alguno de los miembros del Concejo Municipal o de las autoridades jerárquicas de la Estructura Orgánica Funcional del Municipio de Quito
  14. h) No haber ejercido el cargo de administrador zonal entre enero de 2008 a diciembre 2018;
  15. i) No tener suscrito contratos vigentes con el Municipio de Quito, sus entidades adscritas, o sus Administraciones Zonales;
  16. j) No encontrarse litigando en calidad de procurador judicial, abogado patrocinador o parte interesada contra Municipio de Quito
  17. k) No haber sido sancionado administrativa ni judicialmente en casos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar
  18. I) No estar afiliados a ningún partido o movimiento político en los últimos dos años; y, m) Las demás que se establecen en la Constitución y la ley.
  19. Certificados que acrediten la experiencia en la función pública: gestión pública, gestión territorial y/o gestión de participación ciudadana por un máximo de 10 años.
  20. Documentos que acrediten al postulante haber residido por un periodo comprendido entre enero de 2009 hasta la fecha de postulación, en la parroquia que corresponda a la administración zonal para la cual está aplicando; por ejemplo: certificado de votación, certificado de gravámenes o planilla de servicios básicos.

Una vez concluido el término para la presentación de la información por parte de los postulantes, la plataforma informática calculará el puntaje, conforme a la siguiente tabla:

PARÁMETROS PUNTAJE
a)       Título de Tercer nivel registrado en la SENESCYT 30 pts
·         Si el título de Tercer nivel corresponde a Gestión Pública, Administración Pública, Desarrollo Local, Gestión Social,  o Derecho se otorgarán 10 puntos adicionales 10 pts
a)       Título de Cuarto nivel registrado en la SENESCYT 50 pts
·         Si el título de Cuarto nivel corresponde a Gestión Pública, Administración Pública, Desarrollo Local, Gestión Social o  Derecho se otorgarán 10 puntos adicionales 10 pts

 

 

 

 

a)       Experiencia en gestión pública, gestión territorial y/o gestión de participación ciudadana 1 pt por cada año de experiencia                                             en servicio público. (Se otorgarán un máximo de 10 puntos)
a)       Años de residencia en las parroquias que se encuentran dentro de la competencia de la zonal a la que aplica (entre el enero 2009 hasta la fecha de postulación) 1 pt por cada año de residencia.(Se otorgarán un máximo de 10 puntos)
Acciones afirmativas:
Mujeres 10 pts
Postulante perteneciente a un pueblo o nacionalidad indígena 5 pts
Persona LGBTIQ 5 pts
Postulante perteneciente a un grupo de atención prioritaria determinados en la Constitución 5 pts

 

 

El proceso público contará con la supervisión en calidad de veedores a la Red Ecuatoriana de Universidades y Escuelas Politécnicas (REDU), a la Comisión Nacional Anticorrupción, a la Corporación de Participación Ciudadana y a Quito Honesto. Asimismo, se conformarán una Comisión de Verificación y una Comisión Ciudadana de Impugnación.

INSCRIPCIÓN

Los/as postulantes interesados en participar en el presente proceso público de selección, deberán hacerlo en línea, en el plazo comprendido desde las 08:00 del 10 de junio de 2019 hasta las 17:00 del 14 de junio de 2019 (Ecuador Continental), ininterrumpidamente. En ningún caso se recibirán o aceptarán postulaciones fuera del plazo previsto o en un lugar distinto a los indicados en la respectiva convocatoria.

Para más información ingrese a:

 http://www.quito.gob.ec/documents/Resolucion_administradores_zonales.pdf

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