45 vehículos fueron sancionados este lunes este 30 de marzo

Frente a la emergencia sanitaria’ que vive el país por la propagación del covid-19, el Gobierno Nacional y el Municipio de Quito dictaron medidas obligatorias de restricción vehicular. La Agencia Metropolitana de Tránsito, AMT, en coordinación con la Policía Nacional y Fuerzas Armadas realizan operativos de control interinstitucionales en distintos puntos del Distrito Metropolitano de Quito.

La AMT recuerda que, desde el 28 de marzo, rige un nuevo cronograma de circulación vehicular: los vehículos cuyas placas terminen en 1,2,3 podrán transitar los días lunes y viernes; 4,5,6 martes y sábado; 7,8,9 miércoles y domingo; y número 0 los días lunes y jueves. Esta medida permitirá limitar el uso de vehículos particulares, únicamente para abastecimiento de artículos de primera necesidad, alimentos y medicamentos.

Durante el fin de semana, 28 y 29 de marzo, se ejecutaron 66 operativos en distintos sectores de la capital y se registraron un total de 3 301 vehículos que transitaban en las vías, de los cuales 91 fueron citados por infringir las medidas dictadas.

Este lunes 30 de marzo de 2020, la AMT registra la revisión de 1 853 vehículos que han sido exhortados sobre las medidas dispuestas y han emitido 45 citaciones por incumplimiento, lo que corresponden a una contravención de cuarta clase, tipificada en el Código Integral Penal, (COIP) en el artículo 389 numeral 1 y representa una multa equivalente al 30% de un SUB y la reducción de seis puntos en la licencia de conducir.

Durante el fin de semana se realizaron operativos para controlar la circulación de unidades de transporte comercial taxi. El balance de sábado y domingo registra un total de 426 revisados, no se formularon citaciones. Este 30 de marzo, 239 taxis han sido revisados y no se han registrado citaciones por mal uso del taxímetro, contravención que representa una sanción del 15% de un SBU del trabajador en general y la reducción de 4.5 puntos en su licencia de conducir. Esto, según el artículo 390 numeral 9 del COIP.

Los operativos también son ejecutados para dar cumplimiento al toque de queda establecido por el Gobierno Nacional en un horario extendido de 14:00 a 5:00. Según Decreto Ejecutivo Nro. 1017, las personas que incumplan la disposición serán sancionadas, la primera vez con una multa de USD 100 dólares; la segunda vez con un SBU; y, la tercera con prisión, de acuerdo con los procedimientos establecidos por los entes competentes.

La AMT continuará con operativos de control el tiempo que dure la emergencia sanitaria por el brote de covid-19, con el fin de precautelar la seguridad y bienestar de la ciudadanía.

Exponga sus dudas o sugerencias, en los canales de información oficiales: línea telefónica 1800-AMT-AMT, Twitter @AMTQuito y Facebook Agencia Metropolitana de Tránsito Quito.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *