El Concejo aprobó la ordenanza para hacer frente a la crisis por el covid-19

En la sesión ordinaria efectuada este martes 19 de mayo, el Concejo Metropolitano de Quito aprobó en segundo y definitivo debate la ordenanza ´Para hacer frente a la crisis sanitaria, social y económica generada por el coronavirus SARS- CoV-2 causante de la enfermedad del covid-19´.

La ordenanza establece las normas para mitigar el riesgo de propagación del covid-19 en el Distrito Metropolitano de Quito, DMQ, preservando como lugares de convivencia saludable, los bienes y espacios públicos. Se determinan las medidas encaminadas al fomento y promoción de la convivencia debida y establece infracciones y sanciones administrativas.

Su ámbito de aplicación es el territorio del Distrito, particularmente en bienes enlistados en los artículos 417 y 418 del COOTAD en el Gobierno Autónomo Descentralizado, GAD, del DMQ y bienes particulares, especialmente los de acceso común para la realización de actividades económicas o de esparcimiento. Esta ordenanza tiene una vigencia limitada.

Se establecen normas de conducta obligatoria a través de reglas y sanciones para mitigar el riesgo de propagación del covid-19 en el territorio del DMQ: entre las más importantes están el uso obligatorio de mascarilla en todos los espacios públicos y en vehículos; además respetar la distancia de dos metros. Quien incumpla estas disposiciones será sancionado con el 25% de un Salario Básico Unificado y la reincidencia con el 50% del SBU.

Las personas diagnosticadas con covid-19 no podrán utilizar el espacio público, cumplirán el aislamiento en sus domicilios y este culminará cuando obtengan el Certificado de Alta Epidemiológica. Quienes incumplan serán sancionados con uno y medio SBU; la reincidencia con tres SBU.

Quienes tengan en vigencia las Licencias Únicas de Actividades Económicas, LUAE, correspondientes al sector privado, deberán aplicar las medidas de prevención de contagio del covid-19, constantes en el ´Plan Para el Retorno Paulatino al Trabajo´, que implica: dotación de mascarilla a los trabajadores, medidas de desinfección y controles de síntomas de contagio. Su incumplimiento será sancionado con dos SBU y la reincidencia con cuatro SBU.

Se establecen las obligaciones del GAD-DMQ para el retorno progresivo al trabajo, en jornadas especiales, teletrabajo, protocolos de ocupación de áreas y monitoreo de síntomas y aplicación de pruebas a los servidores municipales.

La LUAE para servicios exequiales se ajustará al Reglamento para la Gestión de Cadáveres, Mortinatos, Piezas anatómicas, Osamentas Humanas y Regulación del Funcionamiento de los Establecimientos que prestan estos servicios funerarios.

La potestad sancionadora del cumplimiento de estas disposiciones corresponde a la Agencia Metropolitana de Control, AMC, que se sujetará al proceso administrativo regulado en el ´Código Orgánico Administrativo´.

Los conductores que incumplan las medidas de restricción vehicular serán sancionados con una multa equivalente al 50% del SBU, el retiro y retención del vehículo. Las sanciones pecuniarias, podrán ser compensadas, en todo o en parte, mediante trabajo comunitario, cada hora equivaldrá a USD 2.

El Alcalde Metropolitano emitirá los protocolos para que se instale la infraestructura necesaria para la correcta aplicación de la presente ordenanza. Estos instrumentos se emitirán en el término de cinco días contados desde la vigencia de la presente ordenanza.

Además, el Alcalde, establecerá las disposiciones para la optimización y simplificación de los trámites de competencia del GAD-DMQ, para la implementación del licenciamiento con control posterior para generar fomento en la actividad productiva y reactivación económica. Y dictará las medidas de restricción y circulación vehicular que se justifiquen en función de las circunstancias derivadas de la pandemia. Esta ordenanza Metropolitana entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Un comentario sobre “El Concejo aprobó la ordenanza para hacer frente a la crisis por el covid-19

  • el 8 junio, 2020 a las 5:32 pm
    Permalink

    Buenas tardes. por favor revisar la ordenanza 010-2020 capitulo IV respecto a la retención de los vehículos HASTA QUE CULMINE LA EMERGENCIA cuando el COE Nacional dispuso solamente 5 días.
    Por favor su ayuda.

    Respuesta

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *