El miércoles, 524 conductores fueron sancionados por la AMT

• La AMT revisó 2 781 vehículos y sancionó a 524 conductores
• Entre el 17 de marzo y el 17 de junio, se registran 20 168 citaciones y 4 409 automotores retenidos.

Este miércoles 17 de junio, en varios sectores de Quito, la Agencia Metropolitana de Tránsito, AMT, efectuó 81 operativos de control para verificar que los actores viales cumplan con las medidas de circulación, establecidas en el marco de la emergencia sanitaria. 2 781 vehículos fueron revisados y 524 conductores sancionados por incumplir las disposiciones vigentes. Al mismo tiempo, 342 unidades de taxi fueron fiscalizadas y 5 citadas.

Recordemos que si un conductor no acata el cronograma de circulación o hace uso inadecuado del salvoconducto, la multa correspondiente es de USD 200, además de la retención del auto por 5 días.

Como parte de los operativos, se revisó 224 buses de transporte público y 464 unidades en terminales terrestres de la ciudad. Se constató el aforo permitido de usuarios y se exhortó tanto a pasajeros, como a conductores a seguir las medidas de bioseguridad.

La emergencia sanitaria ha generado un balance de 20 168 conductores sancionados en el DMQ, 4 409 vehículos retenidos y 100 unidades de taxi citadas por no acatar la normativa vigente.

Exponga sus dudas o sugerencias, en los canales de información oficiales: línea telefónica 1800-AMT-AMT, Twitter @AMTQuito y Facebook Agencia Metropolitana de Tránsito Quito.

2 comentarios sobre “El miércoles, 524 conductores fueron sancionados por la AMT

  • el 18 junio, 2020 a las 12:00 pm
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    Es sorprendente. La AMT convertida en maquinaria de emitir multas y QUITO INFORMA en notarios de la recaudación. No habrá otras tareas más urgentes o humanitarias????

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  • el 19 junio, 2020 a las 9:22 am
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    Radares tramposos
    00:06 – Por La Hora Diario

    El 4 de junio de 2019, una clara y explícita sentencia de la Corte Constitucional declara que toda contravención detectada por un aparato electrónico de esta naturaleza, no puede generar multa alguna sin que el conductor o, en su defecto, el dueño del vehículo haya sido debidamente notificado y, con esto, haya podido ejercer la posibilidad de impugnar el acto administrativo.

    La notificación, además, no puede asumirse materializada por la simple publicación de la citación en la página web de la AMT, la ANT, la CNT o cualquier otra institución, sino que debe poder ‘probarse’.

    Muy distinto es lo que ocurre en varias urbes del país, en las que los usuarios están a merced del sistema extorsionador de los radares de velocidad, sin quitar méritos al rol del control de velocidad para evitar accidentes y la pérdida de vidas.

    En Quito la Agencia Metropolitana de Tránsito no acepta impugnaciones en tanto la multa no haya sido pagada. Hay denuncias por mala calibración de los radares, incluso demostradas por peritajes independientes. En vías interprovinciales, se denuncia radares colocados sin criterio técnico y sin visibilidad, por ejemplo, lo que refuerza la sospecha de que el afán es uno de recolección y no de prevención.

    En otras ciudades, la concesión del servicio, así como de la gestión del cobro de multas, provoca una situación de indefensión incluso del gobierno local ante el ‘consorcio’. Pese a la solicitud de las autoridades de suspender la emisión y cobro de multas, durante la emergencia sanitaria, la empresa privada amenaza con acción legal por “incumplimiento del contrato”.

    El volumen de dinero recaudado por estas multas parece ser tal, que justifica el silencio de todos los actores, menos de sus víctimas.

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