Concejo incorpora el boletaje electrónico y medidas de bioseguridad para evitar contagios

Este jueves 05 de noviembre de 2020 el Concejo Metropolitano de Quito en la sesión extraordinaria N.- 102 aprobó en segundo y definitivo debate la ordenanza reformatoria del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito que incorpora el boletaje electrónico y otras medidas de contención del contagio del sars-cov-2 que produce la enfermedad Covid-19 a aplicarse en los espectáculos públicos.

La ordenanza tiene por objeto regular, dentro del ámbito de las competencias las medidas de bioseguridad que deben aplicarse antes, durante y después de los espectáculos públicos deportivos masivos, en el marco de la emergencia sanitaria.

Las disposiciones son aplicables a los propietarios, arrendatarios, concesionarios, administradores y cualquier otro responsable de un escenario deportivo; y a los organizadores, promotores, emisores de boletos y espectadores de los espectáculos deportivos masivos que se realicen en el DMQ.

Todos los actores de acuerdo con el ámbito de sus competencias y responsabilidades, deberán cumplir la normativa protocolaria vigente y procurar la aplicación de todas las medidas necesarias tendentes a la contención del contagio del Covid-19.

´La Comisión Técnica de Aforo´ determinará el aforo de los escenarios deportivos masivos del DMQ considerando las disposiciones que, sobre distanciamiento social determinadas por autoridad competente, se encontraren vigentes.

En todos los espectáculos deberá respetarse el distanciamiento, los escenarios contarán con una adecuada señalización de accesos, salidas, vías de evacuación, pasillos, corredores y gradas de circulación del escenario deportivo.

Se controlará la temperatura al ingreso, y todos los protocolos de bioseguridad de ingreso y salida. Además, todos los escenarios deberán contar con baterías sanitarias en excelentes condiciones de aseo, y los periodistas acreditados cumplirán con todos los protocolos de bioseguridad.

Respetando los derechos de los ciudadanos para realizar actividades de recreación, sean deportivas o culturales, el Comité de Operaciones de Emergencia Metropolitano deberá analizar la continuidad o suspensión de dichas actividades, de acuerdo con el estado epidemiológico de COVID-19 en el Distrito Metropolitano de Quito.

La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su sanción, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Municipal, en la página web institucional y en el Registro Oficial.

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