Conozca los pasos a seguir para exonerar del pago del Impuesto Predial a adultos mayores
Quito, (Quito Informa). – ¿Sabía usted que la exoneración del Impuesto Predial para adultos mayores es uno de los trámites más demandados durante todo el año?, esta exoneración se aplica a quienes cumplieron 65 años hasta el 31 de diciembre del año anterior a su solicitud.
En esta nota conocerá los pasos a seguir para obtener la exoneración del pago del impuesto predial para personas adultas mayores.
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El trámite se puede realizar por dos vías, según el año al que corresponda la exoneración.
Si la solicitud es para el año en curso, el proceso se puede gestionar de forma totalmente en línea, sin necesidad de salir de casa. Para ello, las personas interesadas deben contar con su usuario activo en el Portal de Servicios Municipales y tener aprobado el Acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos.
Una vez dentro del portal, deben dirigirse a la sección de ‘Más visitados’, ingresar al portal tributario con sus credenciales y seleccionar la opción ‘Declaración en línea Adulto Mayor’.
El sistema mostrará automáticamente los predios registrados a nombre del solicitante. Durante el proceso, se solicitará el registro de datos personales, así como información relacionada con ingresos y patrimonio, de acuerdo con lo que establece el art. 14 de la Ley del Adulto Mayor. Por esta razón, se recomienda revisar cuidadosamente la información antes de finalizar el trámite, para asegurar que los datos sean correctos y completos.
En el caso de solicitudes correspondientes a años anteriores, el trámite se realiza de manera presencial en los Puntos Únicos de Atención, ubicados en los balcones de servicios del Municipio de Quito. Allí, el personal municipal brindará acompañamiento y orientación para completar el proceso de forma adecuada.
Es importante considerar que la exoneración del Impuesto Predial puede ser total cuando los ingresos mensuales del solicitante no superan el equivalente a 5 Remuneraciones Básicas Unificadas o cuando su patrimonio no excede las 500 Remuneraciones Básicas Unificadas. Si estos valores son superados, el impuesto a pagar se calculará de manera proporcional al excedente.
Si necesita acompañamiento para este u otros trámites municipales, comuníquese a:
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