Extinción automática de deudas menores a USD 460 y remisión de intereses para quienes paguen el capital hasta el 30 de junio

  • Pague el capital adeudado en cualquier banco o en línea

Quito, (Quito Informa).- Acogerse remisión de intereses implica que debe pagar el valor del capital de su impuesto u obligación pendiente, en cualquier entidad del sistema financiero, banco o en línea mediante el portal: http://servicios.quito.gob.ec. Uno de los puntos más importantes de alivio económico es que no tiene que hacer ningún trámite para beneficiarse de eso.

¿Quiénes se beneficiarán?

Hay dos variables para la aplicación de la Ordenanza

  • Extinción de deudas para los contribuyentes con deudas vencidas, al menos un año, y que no supere los USD 460, correspondiente al salario básico unificado del año 2024. En este caso la extinción de la deuda se realizará de oficio, es decir, los ciudadanos no tendrán que hacer ningún trámite.
  • Remisión de intereses, multas y recargos se aplicará a los ciudadanos que realicen el pago del capital hasta el 30 de junio de 2025.

Quedan 7 días para que venza el plazo de remisión de intereses

La Ordenanza beneficia a 523 mil ciudadanos que tienen montos pendientes con la Municipalidad, de ellos, a 93 mil quiteños se les condonará sus deudas y los otros 430 mil podrán acceder a la remisión de intereses.

3 comentarios sobre “Extinción automática de deudas menores a USD 460 y remisión de intereses para quienes paguen el capital hasta el 30 de junio

  • el 25 junio, 2025 a las 12:58 pm
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    Me llama la atención , está remisión de multas e intereses, con eliminación automática de hasta 460, 00 dólares sin embargo a mi me castigaron con multas por calendarización correspondientes a los años 2017_2018 y 2019, cuando presente una comunicación indicando que mi vehículo está siendo matrícula en Rumiñahui, desde el 2015 , la respuesta fue,! no podemos hacer nada.?

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    • el 25 junio, 2025 a las 4:43 pm
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      No entiendo muy bien en qué consiste la tal extincion de deuda y remisión de intereses, cito el caso de mi madre (adulta mayor de prácticamente 94 años); realice el trámite respectivo a comienzos de 2024, conforme a la Ley del Adulto Mayor, a efectos de que estuviera exenta de pagar el impuesto predial, la tasa de seguridad, por su condicion de adulta mayor, conforme a la ley que se dice «protege» a las personas en esa condicion.
      Recibimos la notificacion en mayo de 2024 aceptándose la petición en el 100%, asumimos que ese trámite y resolución municipal estaba notificado en las dependencias internas: área legal, financiera, pero, ingresé a comienzos del año 2025 al sitio web del municipio de Quito y con sorpresa miré que la deuda por impuesto predial y obras creo que es (aunque entiendo que ese rubro si se paga) se reflejaba por los años 2024 y 2025, por un valor total de 56 dólares.
      Pregunto, a una persona de 94 años, que no tiene ningún seguro, pensión, ingresos, cuyo patrimonio es una modesta casa adquitida con mucho sacrificio al Banco de la Vivienda (cuando aún se desarrollaban proyectos de vivienda social), se le «perdona» el pago de 0,08; 0,10 centavos, que tipo de «ayuda» significa?, cuando se sigue pagando el impuesto predial y un rubro por obras que no se las ve, pero se cobra.
      Deberían cobrar a los evasores, a proyectos fastuosos de inmobiliarias y no hacer teatro, pantomima con la realidad y angustia de nuestros adultos mayores, que sobreviven con la ayuda de hijos, familiares, olvidados del Estado y de la sociedad y que, en el ocaso de su existencia, aún tienen deudas, cuya «condonación» se maquilla pomposamente con costosas campañas cuando la realidad es otra.

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  • el 25 junio, 2025 a las 4:10 pm
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    Hola cules son los que podrian acceder a la anulacion de menores a$ 460 las multas de trancito entran o no como se pude saber gracias

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