¿Traslada a una persona con discapacidad? Así puede acceder a la excepción del Pico y Placa
- Personas con discapacidad podrán registrar hasta tres conductores para circular sin restricción
Quito (Quito Informa). – La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) inició el proceso de registro de conductores y vehículos autorizados para el traslado de personas con discapacidad, como excepciones de la restricción ‘Pico y Placa’.
El proceso se realiza a través del siguiente link: http://bit.ly/4dmVeY7, en cumplimiento de la Ordenanza Metropolitana 110-2025, que en sus artículos 1 y 2, señala las siguientes las excepciones de la restricción vehicular:
- e) Los vehículos de uso particular conducidos por personas adultas mayores o que movilicen a personas adultas mayores, mientras estas se encuentren dentro del vehículo. El control se verificará mediante el documento de identificación de las personas adultas mayores, de acuerdo con la ley.
- h) Los vehículos de uso particular que movilicen a personas con discapacidad, mientras estas se encuentren dentro del vehículo. El control se verificará mediante el documento de identificación de las personas con discapacidad, de acuerdo con la ley.
- i) Los vehículos de uso particular que se encuentren registrados para atender las necesidades y la movilización de una persona con discapacidad, aun cuando esta no se encuentre dentro del vehículo.
De acuerdo con la ordenanza, se podrán registrar hasta tres conductores autorizados para conducir el vehículo destinado para el traslado de la persona con discapacidad, el cual deberá estar debidamente inscrito para acceder a esta excepción.
¿Cuáles son los requisitos?
- Llenar el formulario
- Número de la cédula de la persona con discapacidad
- Documento de identificación del propietario junto con el documento que justifique la calidad de persona sustituta, ya sea directa, solidaria humana o cuidador.
- Matrícula vigente
- Revisión técnica vehicular aprobada.
- Licencia vigente y con puntos, de hasta 3 conductores autorizados.
La AMT en 15 días laborables emitirá el registro, el cual será el documento habilitante para poder acogerse a la excepción de la restricción vehicular.
Es importante señalar que este registro no es necesario si el conductor es la persona con discapacidad
¿Se puede revocar un registro?
Sí, según la AMT, la revocatoria del registro se puede dar en los siguientes casos:
- Uso indebido del vehículo, sin que pueda presumirse mal uso por la sola ausencia de la persona con discapacidad de su entorno de cuidado en el acto de control;
- Que la persona con discapacidad ya cuenta con otro vehículo registrado a su nombre o a nombre de sus familiares que forman parte de la excepción.
- Inconsistencias en la documentación presentada para el registro
- Solicitud expresa de la persona con discapacidad o de su representante legal.
La AMT hizo un llamado a las personas interesadas en este proceso a mantenerse informadas a través de las redes sociales oficiales y recordó que este trámite no tiene costo y la validez del registro dependerá del tiempo de vigencia de la especie de matrícula.
