Profesionales que prestan servicios sin relación de dependencia deben pagar la patente

  • Profesional que preste servicios sin relación de dependencia conforme lo establece el Código de Ordenamiento Territorial están obligados a declarar y pagar el impuesto de la patente

Los profesionales que prestan sus servicios en relación de dependencia para una empresa o institución, no deben cancelar la patente municipal. En cambio, si el profesional no está afiliado al seguro social, y presta sus servicios como tal en su empresa o presta sus servicios a los ciudadanos si debe cancelar la patente anual.

Es decir, el profesional que presta sus servicios para una institución o una empresa; es la empresa la que debe pagar el impuesto de patente, “si se le obligaría también al empleado a pagar el impuesto de patente se estaría generando una doble tributación” aclaró Henrry Reyes, director Metropolitano de Servicios Ciudadanos.

Anteriormente los profesionales no tributaban, sin embargo; a partir del 2011, cuando se emitió el Código de Ordenamiento Territorial se incorporó al segmento de tributantes a todos aquellos profesionales que prestan sus servicios sin relación de dependencia.

Así mismo, hay que recordar que cualquier actividad económica donde se presten servicios o bienes para tener una retribución económica debe tributar. “En ese sentido imaginémonos algo tan impensable como un servicio de transporte, está haciendo una actividad económica presta un servicio de movilización para obtener el cobro de un pasaje, ellos deben tener también la patente municipal, un señor taxista de igual manera” indicó Reyes.

Es responsabilidad del ciudadano conocer sus derechos y obligaciones referente al pago de tributos. El municipio a través de la Dirección Metropolitana de Servicios Ciudadanos continuamente realiza campañas respecto a los tributos que se deben cumplir a lo largo del año, en el caso del impuesto de patente tiene como fecha límite de pago mayo para personas naturales y junio para personas jurídicas y naturales obligados a llevar contabilidad.

Para mayor información acceda al contact center municipal, 1800510510, opción 6; a la página web pam.quito.gob.ec; al email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec; o acercarse a los balcones de servicios de las administraciones zonales.

 

9 comentarios sobre “Profesionales que prestan servicios sin relación de dependencia deben pagar la patente

  • el 6 abril, 2022 a las 6:38 pm
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    Los médicos que trabajan para una institución pública, pero a veces ven pacientes en una clínica, deben pagar esa patente?

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    • el 6 abril, 2022 a las 7:16 pm
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      Un contribuyente con RUC
      y actividad económica administración de bienes inmuebles mediante cuotas (edificios) tiene que pagar patente y obtener LUAE ?

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      • el 26 marzo, 2024 a las 7:07 am
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        No entiendo esta ley.
        No dicen valores, no especifican nada. Tampoco hicieron mención de la ley en su momento. Sigo buscando información porque es absurdo pagar siendo profesional de libre ejercicio

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    • el 6 abril, 2022 a las 8:29 pm
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      Los médico jubilados que préstamos servicios sin relación de dependencia, deben pagar ese impuesto?

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  • el 4 septiembre, 2023 a las 4:43 pm
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    Es increíble que cuando alguien se queda sin trabajo en donde le afilian al iess, deba pagar la patente cuando no tiene ingresos seguros o mensuales.

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  • el 19 abril, 2024 a las 10:51 am
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    Se debe publicar la tabla basica de las actividades y sus tarifas, asi como los rangos que se aplican

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  • el 26 abril, 2024 a las 4:22 pm
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    Existen ordenanzas que han sido derogadas en este sentido para los abogados en libre ejercicio y con la consulta respectiva a la procuraduría general del estado,

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  • el 11 junio, 2024 a las 11:42 am
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    Que actividad se selecciona por la prestación de servicios profesionales? esta actividad no consta en el listado del municipio de Quito

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