Acuerdo histórico: ¿Cuáles son las 14 medidas para descontaminar el río Machángara?

  • La actual administración ya ejecuta varios temas relacionados a este acuerdo.

Quito, (Quito Informa).-  El histórico acuerdo firmado el 7 de mayo, entre el alcalde de Quito, Pabel Muñoz y asociaciones civiles, contiene 14 medidas concretas para avanzar hacia la descontaminación del río Machángara, nueve consensuadas en las mesas de trabajo se aplicarán a corto plazo y cinco a mediano plazo.

 «Nosotros hemos tomado la decisión de enfrentar los problemas, tomar el toro por los cuernos y buscar una solución. Esta Alcaldía tuvo y tiene la voluntad de apoyar, incluso al trabajo técnico de hace años de algunas empresas», señaló el alcalde Muñoz esta mañana durante Frecuencia Quiteña.

Citó como ejemplo que la empresa de Agua Potable ya venía trabajando una estrategia para recuperación de los ríos y las quebradas de Quito para los próximos 15 años con una inversión de USD  900 millones. En esta alcaldía se aprobó ese plan maestro y en esta alcaldía firmamos un convenio histórico con las organizaciones de la sociedad civil para recuperar el río Machángara.

Alcalde Pabel Muñoz presentó la estrategia para la descontaminación de los ríos de Quito

Estas son las 14 medidas concretas:

  1. Se realizará un estudio sobre la contaminación en la Microcuenca del Machángara
  2. AMC controlará el cumplimento de la normativa relacionada con el uso de las quebradas y espacio público para acopiar escombros y extraer material.
  3.  Se prohibirá el vertido de sustancias químicas y residuos peligrosos en las quebradas y riberas del Río Machángara.
  4. Se fortalecerá y ampliarán las áreas protegidas en la cuenca del Río Machángara
  5. La Secretaría de Ambiente desarrollará e implementará un plan de monitoreo y control de descargas industriales líquidas
  6. Se mejorarán los espacios públicos en estado crítico colindantes en coordinación con Administraciones Zonales.
  7. Se realizarán campañas de concientización sobre la contaminación que genera la ciudad de Quito en el río Machángara, sus quebradas y demás cuencas hidrográficas y proyectar en cada uno de los centros escolares Municipales del DMQ, como parte del aprendizaje académico, el documental “La Vida de un Río”.
  8. El Municipio incentivará la participación ciudadana a través de instituciones académicas, organizaciones no gubernamentales (ONGs) y colectivos ciudadanos.
  9. El Municipio deberá mantener informada a la ciudadanía de los avances.
  10. Ampliación y recuperación de la vegetación en áreas priorizadas de las riberas y sus afluentes.
  11. EPMAPS deberá contar con los criterios pertinentes de tuberías diferenciadas para aguas servidas y aguas pluviales de escorrentía para facilitar la construcción de plantas de tratamiento de agua.
  12. EPMMOP, EPMAPS y el Municipio de Quito, en un plazo máximo de un año, realizarán un Plan General para el manejo de la escorrentía superficial que drena hacia el río Machángara, el cual deberá incorporar estrategias verde-azules.
  13. Reformar la ordenanza Verde –Azul para el cumplimiento de estos puntos.
  14. Establecer puntos de monitoreo y análisis permanente, estratégicamente ubicados a lo largo del río Machángara y sus tributarios; empleando, de ser factible, tecnología avanzada como sensores remotos y análisis de datos en tiempo real.

Antecedentes

El 21 de agosto de 2024 se emitió la sentencia escrita correspondiente al juicio N.º 17250-2024-00087, en el marco de la acción de protección por el caso Río Machángara, interpuesta contra el Gobierno Autónomo Descentralizado del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.

Desde el 13 de septiembre de 2024 se realizaron diez mesas de trabajo, siete de carácter técnico y tres legales, con la participación de los accionantes, el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) y funcionarios de las empresas públicas e instituciones del Municipio de Quito. Estas reuniones han contado con el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo.

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