Hasta hoy rige el descuento del 10 % en el impuesto predial

En 14 de días de pago de impuesto predial, la recaudación alcanzó los 34 713 113 dólares, lo que representa un 10 % más, respecto al período anterior. Estos valores corresponden a 285.660 predios.

El Municipio de Quito ha dispuesto varios canales de atención para que los contribuyentes conozcan el valor a cancelar, estos son: el Portal de Servicios Municipales ingresando en https://pam.quito.gob.ec opción consulta de obligaciones. La línea gratuita de servicios 1800 510 510, opción 1 (autoconsulta), u opción 6 (atención con agente telefónico); también puede contactarse a través de las redes sociales, en https://www.facebook.com/sciudadanosquito y https://twitter.com/aQUITOdosEc

Para usuarios que no dispongan de acceso a medios tecnológicos pueden acudir a los Balcones de Servicios Municipales en todas las Administraciones Zonales.

Es importante indicar que el Distrito Metropolitano de Quito suscribió convenios con más de 400 instituciones financieras del sistema local y nacional ampliando las posibilidades de pago, en más de 2500 ventanillas presenciales, banca web y banca electrónica. Pueden cancelar sus obligaciones en bancos, mutualistas, cooperativas y auxiliares de pago como, Servipagos, Western Union, Red Facilito, Pago Ágil, entre otros.

Otro canal de pago es la propia web de servicios municipales, https://pam.quito.gob.ec, mediante tarjeta de crédito o débito que puede realizarse las 24 horas del día, los 365 del año.

Incentivos y recargos

Los dueños de bienes inmuebles ubicados en Quito pueden pagar el impuesto cualquier día del año, sin embargo; deben considerar lo siguiente quienes cancelen este pago hasta este sábado 15 de enero accederán al descuento del 10 % del valor del impuesto predial urbano y rural por pronto pago. Los descuentos, van disminuyendo en un punto porcentual (1 %) cada 15 días, hasta el 30 de junio.

Las personas que decidan cancelar a partir del segundo semestre del año, es decir de julio a diciembre, pagarán un recargo del 10 % del valor del impuesto predial urbano, según lo establece el artículo 512 del Código Orgánico Organización Territorial Autonomía Descentralización (Cootad).

Otros canales de consulta:

Contribuir con el pago del impuesto predial permite al municipio contar con recursos que permitan ser invertidos para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *