Por tercera vez en este año, los agentes civiles le dicen no a la corrupción

Por tercera vez, en lo que va del año, un agente civil de tránsito (ACT) le dice “no” al cohecho y realiza la denuncia ante los respectivos órganos de justicia. Esta es una evidencia de la intolerancia a la corrupción, cuyo rechazo por parte de los funcionarios se ha vuelto reiterativo y digno de resaltar por parte de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) y la ciudadanía.

El presunto intento de coima al funcionario, ocurrió este sábado 29 de febrero de 2020, cuando el ACT César S. realizaba sus labores de tránsito en el sector de Calderón, norte de Quito, quien, al percatarse del mal accionar por parte del conductor de un microbús, que se encontraba embarcando pasajeros fuera de las paradas asignadas, indicó que detenga la marcha del automotor, el conductor hizo caso omiso a las instrucciones del agente, avanzando en su trayecto.

Ante tal reacción, el ACT persiguió al microbús, logrando que se detenga, continuando así con el procedimiento respectivo, solicitó al conductor Franklin R., la licencia y matrícula; pero el conductor le habría entregado los documentos junto con dinero para evitar una posible sanción por parte del funcionario. Frente a este hecho, el agente César S., tomó contacto con el ECU-911 para que sea Policía Nacional, quien ejecute el procedimiento respectivo.

El 01 de marzo de 2020, en la Unidad Judicial Penal con competencia en infracciones flagrantes, con sede en la parroquia Mariscal Sucre, la Fiscalía formuló cargos en contra de Franklin R. por el presunto delito de cohecho; el juez encargado de la causa dictaminó el inicio de la Instrucción Fiscal por 30 días.

En cumplimiento de su deber, la AMT apoya a los organismos de justicia para que se esclarezcan los hechos y se establezcan responsabilidades, aportando con la información necesaria para la investigación del caso. Igualmente, está brindando el apoyo legal correspondiente al ACT para que pueda colaborar con la justicia.

Se recuerda a la ciudadanía que el delito de cohecho se encuentra tipificado en el artículo 280 del Código Integral Penal, el cual establece: “La persona que bajo cualquier modalidad ofrezca, dé o prometa a una o a un servidor público un donativo, dádiva, promesa, ventaja o beneficio económico indebido u otro bien de orden material para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones o para cometer un delito será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.

La Agencia Metropolitana de Tránsito ratifica su compromiso de trabajar en beneficio de Quito de manera transparente. Por esta razón, las máximas autoridades aceptaron voluntariamente someterse a pruebas de confianza para demostrar su idoneidad. A esto se suma la adquisición de body cams para los agentes y capacitación para mejorar el servicio y eliminar actos de corrupción.

Para preguntas o sugerencias, por favor, comunicarse a la línea telefónica 1800-AMT-AMT, Twitter @AMTQuito y Facebook Agencia Metropolitana de Tránsito Quito.

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